El conductor fue sentenciado tras acogerse al procedimiento abreviado y aceptar su participación en los hechos. El cargamento fue detectado durante un operativo de control del Ejército Ecuatoriano en la Panamericana Norte E35, a la altura de San Andrés, en Chimborazo.

Un conductor fue condenado a tres años de prisión por el transporte ilegal de 10.000 galones de petróleo, luego de que la Fiscalía sustentara el caso con elementos de convicción relacionados con la aprehensión, la identificación del hidrocarburo y la cantidad transportada.
Según la información difundida por la Fiscalía General del Estado, el procesado, identificado como Carlos Alberto A. H., fue detenido el 2 de octubre de 2026, durante un operativo de control ejecutado por efectivos del Ejército Ecuatoriano en la carretera Panamericana Norte E35, en la parroquia San Andrés, cantón Guano, provincia de Chimborazo.
El operativo permitió detectar el cargamento
Durante la inspección de un tanquero, los militares encontraron 10.000 galones de petróleo en la parte posterior del vehículo. El conductor no presentó la documentación habilitante que justificara el traslado del hidrocarburo.
Ante esta situación, el ciudadano fue entregado a la Policía Nacional y aprehendido en flagrancia, lo que dio paso al proceso penal por el presunto transporte ilegal de productos hidrocarburíferos.
La cantidad de crudo detectada y la ausencia de documentos que respaldaran su movilización fueron elementos relevantes dentro de la investigación.
¿Qué pruebas presentó la Fiscalía?
Durante la audiencia de procedimiento abreviado, la Fiscalía presentó varios elementos de convicción para sustentar la acusación. Entre ellos constaron:
- Las versiones de los agentes que participaron en la aprehensión.
- El informe de reconocimiento del lugar de los hechos y de las evidencias.
- El informe investigativo.
- El certificado único vehicular.
- La pericia química para identificar la sustancia incautada.
- La pericia de medición volumétrica para establecer la cantidad de petróleo transportado.
De acuerdo con la información oficial, la pericia química confirmó que la sustancia correspondía a petróleo, mientras que el análisis volumétrico permitió determinar el volumen del cargamento.
Estos elementos contribuyeron a sustentar la responsabilidad penal atribuida al procesado.
El conductor aceptó su participación en los hechos
La causa se tramitó mediante el procedimiento abreviado, una vía procesal prevista en la legislación ecuatoriana que permite resolver determinados casos bajo condiciones establecidas en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).
Según la Fiscalía, Carlos Alberto A. H. aceptó su participación en los hechos y se acogió a este mecanismo procesal.
La jueza multicompetente que conoció la causa emitió la sentencia de tres años de privación de libertad. Además, dispuso el pago de una multa y una reparación integral a favor de la empresa pública Petroecuador.
Hasta la información difundida, no se habían detallado los montos correspondientes a estas obligaciones económicas.
¿Qué establece la ley sobre el transporte ilegal de hidrocarburos?
El caso fue procesado con base en el artículo 264 del Código Orgánico Integral Penal, que contempla conductas relacionadas con el almacenamiento, transporte, envasado, comercialización o distribución ilegal de productos derivados de hidrocarburos, gas licuado de petróleo y biocombustibles, en los términos previstos por la norma.
La sanción aplicada responde a la calificación jurídica efectuada dentro del proceso y a las circunstancias consideradas por la autoridad judicial.
Control al transporte de hidrocarburos
La sentencia se deriva de un operativo ejecutado en una de las principales vías de conexión de la Sierra ecuatoriana. El hallazgo de 10.000 galones de petróleo sin documentación habilitante puso en marcha una investigación que concluyó con una condena penal.
El caso vuelve a poner en evidencia la importancia de los controles sobre el transporte de recursos hidrocarburíferos y de la verificación de los documentos que respaldan su movilización, comercialización y destino.
Fuente: Fiscalía General del Estado.